Por Jesús Fontenla
Arvo Net, 08.08.2006
Educar separados a niños y
niñas no es discriminatorio. Esto, algo
aceptado y promovido por los países más
progresistas, aún se discute en España.
Cierto que quienes lo hacen demuestran
muchos prejuicios y poco fundamento.
Todo lo contrario que el Tribunal
Supremo, que acaba de dictar una
sentencia que apuntala la jurisprudencia
producida hasta ahora.
El tribunal debía resolver
el recurso de UGT-Asturias contra varios
centros de enseñanza diferenciada que
reciben subvención pública, y a quienes
acusa de fomentar la discriminación. El
fallo del Supremo es cualquier cosa
menos farragoso: “la enseñanza mixta no
puede ser impuesta. Especialmente cuando
la Constitución reconoce a los padres el
derecho a elegir la educación que desean
para sus hijos, garantiza la libertad de
creación de centros docentes y ampara el
derecho de los titulares de centros
privados a definir su carácter”. Es lo
mismo que viene diciendo la UNESCO desde
1960, la Carta fundamental de los
derechos fundamentales de la UE, una
sentencia de la Audiencia Nacional, dos
del Constitucional y tres de tribunales
de justicia autonómicos.
Por si fuera poco, numerosas
investigaciones sostienen que la escuela
diferenciada ayuda al desarrollo de la
personalidad de los alumnos y consigue
mejores resultados académicos. ¿Por qué?
Porque los niños y las niñas no se
diferencian sólo en los genitales sino
en su sensibilidad, en sus períodos de
maduración y aprendizaje. Tratarlos
igual sí resulta discriminatorio.
El Supremo, en definitiva, hace mucho
más que dar la razón a unos cuantos
colegios. Destapa el embobamiento
general de quienes creen que la igualdad
de sexos en dignidad y oportunidades se
consigue vaciándolos de identidad y
cargándose la bendita `difference´.