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Diálogo entre la razón y la fe

"El diálogo
multicultural sobre los valores es imprescindible"
"Existen valores que se
sustentan en la esencia del ser humano"
Es mérito de
La Vanguardia haber publicado la traduccción
castellana de
este Diálogo entre la razón y la fe (I y II) entre el
cardenal Joseph Ratzinger (*) y el
célebre filósofo
profesor de la escuela de Frankfurt Jürgen Habermas (**)
El entonces cardenal Joseph Ratzinger, actual Papa
Benedicto XVI, y el filósofo Jürgen Habermas, profesor
de la escuela de Frankfurt y padre del patriotismo
constitucional, celebraron el día 19 de enero del
2004 un diálogo en la Academia Católica de Munich sobre
los Fundamentos morales prepolíticos del Estado
liberal, desde las fuentes de la razón y de la fe.
La diversidad de las posiciones de uno y otro respecto a
las raíces de la legitimidad del Estado democrático puso
de relieve la oposición entre revelación y razón. Pero
también hubo coincidencias entre ambos, como es la
necesidad de controlar los peligros que religiones y
razón suponen para los derechos del hombre, mediante lo
que Habermas califica de aprendizaje recíproco entre
razón y fe. La Vanguardia ofrece los textos completos
leídos por Jürgen Habermas y Joseph Ratzinger, en un
diálogo que, a buen seguro, será referencia básica en el
futuro.
( * ) JOSEPH
RATZINGER
LA
VANGUARDIA, 01/05/2005
Traducción: Joan Parra
En la época de aceleración del ritmo de la evolución
histórica en la que nos encontramos, hay, a mi entender,
ante todo dos factores característicos de un fenómeno que
hasta ahora se había venido desarrollando lentamente: por un
lado, la formación de una sociedad global en la que los
distintos poderes políticos, económicos y culturales se han
vuelto cada vez más interdependientes y se rozan e
interpenetran recíprocamente en sus respectivos espacios
vitales. El otro es el desarrollo de las posibilidades
humanas, del poder de crear y destruir, que suscita mucho
más allá de lo acostumbrado la cuestión acerca del control
jurídico y ético del poder. Por lo tanto, adquiere especial
fuerza la cuestión de cómo las culturas en contacto pueden
encontrar fundamentos éticos que conduzcan su convergencia
por el buen camino y puedan construir una forma común,
jurídicamente legitimada, de delimitación y regulación del
poder. El eco que ha encontrado el proyecto de ética
global presentado por Hans Küng muestra, en cualquier
caso, que la cuestión está abierta. Y eso no cambia aunque
se acepte la perspicaz crítica que Spaemann dirige a ese
proyecto (1), ya que a los dos factores mencionados
anteriormente se añade otro: en el proceso del encuentro y
la interpenetración de las culturas se han quebrado en buena
parte una serie de certezas éticas que hasta ahora
resultaban fundamentales. La cuestión de qué es entonces
realmente el bien, especialmente en el contexto dado, y por
qué hay que hacer el bien, aunque sea en perjuicio propio,
es una pregunta básica que sigue careciendo de respuesta.
Me parece evidente que la ciencia como tal no puede generar
una ética, y que por lo tanto no puede obtenerse una
conciencia ética renovada como producto de los debates
científicos. Por otro lado, es indiscutible que la
modificación fundamental de la imagen del mundo y el ser
humano a consecuencia del incremento del conocimiento
científico ha contribuido decisivamente a la ruptura de las
antiguas certezas morales. Por lo tanto, sí existe una
responsabilidad de la ciencia hacia el ser humano como tal,
y especialmente una responsabilidad de la filosofía, que
debería acompañar de modo crítico el desarrollo de las
distintas ciencias, y analizar críticamente las conclusiones
precipitadas y certezas aparentes acerca de la verdadera
naturaleza del ser humano, su origen y el propósito de su
existencia, o , dicho de otro modo, expulsar de los
resultados científicos los elementos acientíficos con los
que a menudo se mezclan, y así mantener abierta la mirada
hacia las dimensiones más amplias de la verdad de la
existencia humana, de los que la ciencia solo permite
mostrar aspectos parciales.
PODER Y LEY. En un sentido concreto, es tarea de la
política someter el poder al control de la ley a fin de
garantizar que se haga un uso razonable de él. No debe
imponerse la ley del más fuerte, sino la fuerza de la ley.
El poder sometido a la ley y puesto a su servicio es el polo
opuesto a la violencia, que entendemos como ejercicio del
poder prescindiendo del derecho y quebrantándolo. Por eso es
importante para toda sociedad superar la tendencia a
desconfiar del derecho y sus ordenamientos, pues solo así
puede cerrarse el paso a la arbitrariedad y se puede vivir
la libertad como algo compartido por toda la comunidad. La
libertad sin ley es anarquía y por ende destrucción de la
libertad. La desconfianza hacia la ley, la revuelta contra
la ley se producirán siempre que ésta deje de ser expresión
de una justicia al servicio de todos y se convierta en
producto de la arbitrariedad, en abuso por parte de los que
tienen el poder para hacer las leyes.
La tarea de someter el poder al control de la ley nos lleva,
en fin, a otra cuestión: ¿de dónde surge la ley, y cómo debe
estar configurada para que sea vehículo de la justicia y no
privilegio de aquellos que tienen el poder de legislar? Por
un lado se plantea, pues, la cuestión del origen de la ley,
pero por el otro también la cuestión de cuáles son sus
propias proporciones internas. La necesidad de que la ley no
sea instrumento de poder de unos pocos, sino expresión del
interés común de todos, parece, al menos en primera
instancia, satisfecha gracias a los instrumentos de la
formación democrática de la voluntad popular, ya que estos
permiten la participación de todos en la creación de la ley,
y en consecuencia la ley pertenece a todos y puede y debe
ser respetada como tal. Efectivamente, el hecho de que se
garantice la participación colectiva en la creación de las
leyes y en la administración justa del poder es el motivo
fundamental para considerar la democracia como la forma más
adecuada de ordenamiento político.
Y, sin embargo, a mi entender queda una pregunta por
responder. Dado que difícilmente puede lograrse la
unanimidad entre los seres humanos, los procesos de decisión
deben echar mano imprescindiblemente de mecanismos como, por
un lado, la delegación, y por el otro la decisión de la
mayoría, esta última de distintos grados según la
importancia de la cuestión a decidir. Pero las mayorías
también pueden ser ciegas o injustas. La historia nos
proporciona sobrados ejemplos de ello. Cuando una mayoría,
por grande que sea, sojuzga mediante leyes opresoras a una
minoría, por ejemplo religiosa o racial, ¿puede hablarse de
justicia, o incluso de derecho en sentido estricto? Así, el
principio de la decisión mayoritaria no resuelve tampoco la
cuestión de los fundamentos éticos del derecho, la cuestión
de si existen cosas que nunca pueden ser justas, es decir,
cosas que son siempre por sí mismas injustas, o,
inversamente, cosas que por su naturaleza siempre sean
irrevocablemente justas y que por lo tanto estén por encima
de cualquier decisión mayoritaria y deban ser respetadas
siempre por ésta.
La era contemporánea ha formulado, en las diferentes
declaraciones de los derechos humanos, un repertorio de
elementos normativos de ese tipo y los ha sustraído al juego
de las mayorías. La conciencia de nuestros días puede muy
bien darse por satisfecha con la evidencia interna de esos
valores. Pero esa clase de autolimitación de la indagación
también tiene carácter filosófico. Existen, pues, valores
que se sustentan por sí mismos, que tienen su origen en la
esencia del ser humano y que por tanto son intocables para
todos los poseedores de esa esencia. Más adelante volveremos
a hablar del alcance de una representación semejante, sobre
todo teniendo en cuenta que hoy en día esa evidencia no está
reconocida ni mucho menos en todas las culturas. El islam ha
definido un catálogo propio de los derechos humanos,
divergente del occidental. En China impera hoy una forma
cultural procedente de Occidente, el marxismo, pero eso no
impide a sus dirigentes preguntarse -si estoy bien
informado- si los derechos humanos no serán acaso un invento
típicamente occidental que debe ser cuestionado.
NUEVAS FORMAS DE PODER Y NUEVAS CUESTIONES EN TORNO A SU
CONTROL. Cuando se habla de la relación entre el poder y
la ley y de los orígenes del derecho, debe contemplarse
también con atención el fenómeno del poder mismo. No
pretendo definir la naturaleza del poder como tal, sino
esbozar los desafíos que se derivan de las nuevas formas de
poder que se han desarrollado en los últimos cincuenta años.
En los primeros años posteriores a la Segunda Guerra Mundial
imperaba el horror ante el nuevo poder de destrucción que
había adquirido el ser humano con la invención de la bomba
atómica. El hombre se veía de repente capaz de destruirse a
sí mismo y a su planeta. Se imponía la pregunta: ¿qué
mecanismos políticos son necesarios para impedir esa
destrucción? ¿Cómo pueden crearse esos mecanismos y hacerlos
efectivos? ¿Cómo pueden movilizarse las fuerzas éticas
capaces de dar cuerpo a esas formas políticas y dotarlas de
efectividad? Pero lo que nos preservó de facto de los
horrores de la guerra nuclear durante un largo periodo fue
la competencia entre los bloques de poder opuestos y su
temor a desencadenar su propia destrucción si provocaban la
del otro. La limitación recíproca del poder y el temor por
la propia supervivencia se revelaron como las únicas fuerzas
capaces de salvar a la humanidad.
Lo que nos angustia en nuestros días no es el temor a una
guerra a gran escala, sino el miedo al terror omnipresente,
que puede golpear eficazmente en cualquier momento y lugar.
Ahora nos damos cuenta de que la humanidad no necesita una
guerra a gran escala para hacer imposible la vida en el
planeta. Los poderes anónimos del terror, que pueden hacerse
presentes en todo lugar, son lo bastante fuertes para
infiltrarse en nuestra vida cotidiana, y ello sin excluir
que elementos criminales puedan tener acceso a los grandes
potenciales de destrucción y desencadenar así el caos a
escala mundial desde fuera de las estructuras políticas.
Así, la cuestión en torno a la ley y la ética se ha
desplazado hacia otro terreno: ¿de qué fuentes se alimenta
el terrorismo? ¿Cómo podemos poner freno desde dentro a esa
nueva enfermedad del género humano? A este respecto, resulta
muy inquietante que el terrorismo consiga, aunque sea
parcialmente, dotarse de legitimidad. Los mensajes de Bin
Laden presentan el terror como la respuesta de los pueblos
excluidos y oprimidos a la arrogancia de los poderosos, como
el justo castigo a la soberbia de estos y a su autoritarismo
y crueldad sacrílegos. Parece claro que esa clase de
motivaciones resultan convincentes para las personas que
viven en determinados entornos sociales y políticos. En
parte, el comportamiento terrorista también es presentado
como defensa de la tradición religiosa frente al carácter
impío de la sociedad occidental.
En este punto cabe hacerse una pregunta sobre la que
igualmente deberemos volver después: si el terrorismo se
alimenta también del fanatismo religioso -y efectivamente,
así es-, ¿debemos considerar la religión como un poder
redentor y salvífico o más bien como una fuerza arcaica y
peligrosa, que erige falsos universalismos y conduce, con
ellos, a la intolerancia y el terror? ¿No debería la
religión ser sometida a la tutela de la razón y limitada
severamente? Y en tal caso, ¿quién sería capaz de hacerlo?
¿Cómo habría que hacerlo? Pero la pregunta más importante
sigue siendo: si la religión se pudiera ir suprimiendo
paulatinamente, si se pudiera ir superando, ¿representaría
tal cosa un necesario progreso de la humanidad en su camino
hacia la libertad y la tolerancia universal o no?
En los últimos tiempos ha pasado a primer plano otra forma
de poder que en principio aparenta ser de naturaleza
plenamente benéfica y digna de todo aplauso, pero que en
realidad puede convertirse en una nueva forma de amenaza
contra el ser humano. Hoy en día, el hombre es capaz de
crear hombres, de fabricarlos en una probeta, por así
decirlo. El ser humano se convierte así en producto, y con
ello se invierte radicalmente la relación del ser humano
consigo mismo. Ya no es un regalo de la naturaleza o del
Dios creador: es un producto de sí mismo. El hombre ha
penetrado en el sancta sanctorum del poder, ha descendido al
manantial de su propia existencia. La tentación de intentar
construir ahora por fin el ser humano correcto, de
experimentar con seres humanos, y la tentación de ver al ser
humano como un desecho y en consecuencia quitarlo de en
medio, no es ninguna creación fantasiosa de moralistas
enemigos del progreso.
Si antes habíamos de preguntarnos si la religión es
realmente una fuerza moral positiva, ahora debemos poner en
duda que la razón sea una potencia fiable. Al fin y al cabo,
también la bomba atómica fue un producto de la razón; al fin
y al cabo, la crianza y selección de seres humanos han sido
también concebidos por la razón. ¿No sería, pues, ahora la
razón lo que debe ser sometido a vigilancia? Pero ¿quién o
qué se encargaría de ello? ¿O quizá sería mejor que la
religión y la razón se limitaran recíprocamente, se
contuvieran la una a la otra y se ayudaran mutuamente a
enfilar el buen camino? En este punto se plantea de nuevo la
cuestión de cómo, en una sociedad global con sus mecanismos
de poder y con sus fuerzas desencadenadas, así como con sus
diferentes puntos de vista acerca del derecho y la moral, es
posible encontrar una evidencia ética eficaz con suficiente
capacidad de motivación y autoridad para dar respuesta a los
desafíos que he apuntado y ayudar a superarlos.
FUNDAMENTOS DEL DERECHO: LEY-NATURALEZA-RAZÓN. En
este punto se impone ante todo echar una mirada a
situaciones históricas comparables a la nuestra, suponiendo
que sea posible la comparación. En cualquier caso vale la
pena recordar brevemente que Grecia también tuvo su propia
Ilustración, que la validez del derecho fundamentado en lo
divino dejó de ser evidente y que se hizo necesario indagar
en busca de fundamentos más profundos del derecho. Así nació
la idea de que frente al derecho positivo, que podía ser
injusto, debía existir un derecho que surgiera de la
naturaleza, de la esencia del hombre, y que había que
encontrarlo y usarlo para corregir los defectos del derecho
positivo.
En una época más cercana a nosotros, podemos examinar la
doble fractura que se produjo en la conciencia europea en el
inicio de la modernidad, y que puso las bases para una nueva
reflexión sobre el contenido y los orígenes del derecho. En
primer lugar está el desbordamiento de las fronteras del
mundo europeo-cristiano, que se consumó con el
descubrimiento de América. En ese momento se entró en
contacto con pueblos ajenos al entramado de la fe y el
derecho cristianos, que hasta entonces había sido el origen
y el modelo de la ley para todos. No había nada en común con
esos pueblos en el terreno jurídico. Pero ¿eso significaba
que carecían de leyes, como algunos afirmaron -y pusieron en
práctica- por entonces, o bien había que postular la
existencia de un derecho que, situado por encima de todos
los sistemas jurídicos, vinculara y guiara a los seres
humanos cuando entraran en contacto diferentes culturas?
Ante esa situación, Francisco de Vitoria puso nombre a una
idea que ya estaba flotando en el ambiente: la del ius
gentium (literalmente el derecho de los pueblos),
donde la palabra gentes se asocia, sobre todo, a la
idea de paganos, de no cristianos. Se trata de una
concepción del derecho como algo previo a la concreción
cristiana del mismo, y que debe regular la correcta relación
entre todos los pueblos.
La segunda fractura en el mundo cristiano se produjo dentro
de la cristiandad misma debido al cisma, que dividió la
comunidad de los cristianos en diversas comunidades opuestas
entre sí, a veces de modo hostil. De nuevo fue necesario
desarrollar una noción del derecho previa al dogma, o por lo
menos una base jurídica mínima cuyos fundamentos no podían
estar ya en la fe, sino en la naturaleza, en la razón del
hombre. Hugo Grotius, Samuel von Pufendorf y otros
desarrollaron la idea del derecho natural como una ley
basada en la razón, que otorga a ésta la condición de órgano
de construcción común del derecho, más allá de las fronteras
entre confesiones.
El derecho natural ha seguido siendo -en especial en la
Iglesia católica- la figura de argumentación con la que se
apela a la razón común en el diálogo con la sociedad secular
y con otras comunidades religiosas y se buscan los
fundamentos para un entendimiento en torno a los principios
éticos del derecho en una sociedad secular pluralista. Pero
por desgracia el derecho natural ha dejado de ser una
herramienta fiable, de modo que en este diálogo renunciaré a
basarme en él. La idea del derecho natural presuponía un
concepto de naturaleza en el que naturaleza y razón se daban
la mano y la naturaleza misma era racional. Pero esta visión
ha entrado en crisis con el triunfo de la teoría de la
evolución. La naturaleza como tal, se nos dice, no es
racional, aunque existan en ella comportamientos racionales:
ese es el diagnóstico evolucionista, que hoy en día parece
poco menos que indiscutible (2). De las diferentes
dimensiones del concepto de naturaleza en las que se
fundamentó originariamente el derecho natural, solo
permanece, pues, aquella que Ulpiano (principios del siglo
III después de Cristo) resumió en la conocida frase: "Ius
naturae est, quod natura omnia animalia docet" (3). Pero
precisamente esa idea no basta para nuestra indagación, en
la que no se trata de aquello que afecta a todos los
animalia, sino de cuestiones que corresponden
específicamente al hombre, que han surgido de la razón
humana y que no pueden resolverse sin recurrir a la razón.
El último elemento que queda en pie del derecho natural (que
en lo más hondo pretendía ser un derecho racional, por lo
menos en la modernidad) son los derechos humanos, los cuales
no son comprensibles si no se acepta previamente que el
hombre por sí mismo, simplemente por su pertenencia a la
especie humana, es sujeto de derechos, y su existencia misma
es portadora de valores y normas, que pueden encontrarse,
pero no inventarse. Quizá hoy en día la doctrina de los
derechos humanos debería complementarse con una doctrina de
los deberes humanos y los límites del hombre, y esto podría
quizá ayudar a renovar la pregunta en torno a si puede
existir una razón de la naturaleza y por lo tanto un derecho
racional aplicable al hombre y su existencia en el mundo. Un
diálogo de esas características solo sería posible si se
llevara a cabo y se interpretara a escala intercultural.
Para los cristianos ese concepto tendría que ver con la
Creación y el Creador. En el mundo hindú correspondería al
concepto del Dharma, la ley interna del ser, y en la
tradición china a la idea de los órdenes del cielo.
LA INTERCULTURALIDAD Y SUS CONSECUENCIAS. Antes de
intentar llegar a alguna conclusión, quisiera transitar
brevemente por la senda en la que acabo de adentrarme. A mi
entender, hoy en día la interculturalidad es una dimensión
imprescindible de la discusión en torno a cuestiones
fundamentales de la naturaleza humana, que no puede
dirimirse únicamente dentro del cristianismo ni de la
tradición racionalista occidental. Es cierto que ambos se
consideran, desde su propia perspectiva, fenómenos
universales, y lo son quizá también de iure; pero de facto
tienen que reconocer que solo son aceptados en partes de la
humanidad, y solo para esas partes de la humanidad resultan
comprensibles. Con todo, el número de las culturas en
competencia es en realidad mucho más limitado de lo que
podría parecer.
Ante todo es importante tener en cuenta que dentro de los
diferentes espacios culturales no existe unanimidad, y todos
ellos están marcados por profundas tensiones en el seno de
su propia tradición cultural. En Occidente esto salta a la
vista. Aunque la cultura secular rigurosamente racional, de
la que el señor Habermas nos acaba de dar un excelente
ejemplo, ocupa un papel predominante y se concibe a sí misma
como el elemento cohesionador, lo cierto es que la
concepción cristiana de la realidad sigue siendo una fuerza
activa. A veces, estos polos opuestos se encuentran más
cercanos o más lejanos, y más o menos dispuestos a aprender
el uno del otro o rechazarse mutuamente.
También el espacio cultural islámico está atravesado por
tensiones similares; hay una gran diferencia entre el
absolutismo fanático de un Bin Laden y las posturas abiertas
a la racionalidad y la tolerancia. El tercer gran espacio
cultural, la civilización india, o, más exactamente, los
espacios culturales del hinduismo y el budismo, están
también sujetos a tensiones parecidas, por más que, al menos
desde nuestro punto de vista, puedan parecer menos
dramáticas. También esas culturas, a su vez, se ven
sometidas a la presión de la racionalidad occidental y a la
de la fe cristiana, ambas presentes en sus ámbitos, y
asimilan tanto una cosa como la otra de formas muy
variables, sin dejar de mantener pese a todo su propia
identidad. Las culturas tribales de África (y también las de
América Latina, que experimentan un resurgimiento gracias a
la acción de determinadas teologías cristianas) completan el
panorama. En buena parte parecen poner en cuestión la
racionalidad occidental, pero al mismo tiempo también la
aspiración universal de la revelación cristiana.
¿Qué se deduce de todo esto? Para empezar, tal como lo veo,
el hecho de que las dos grandes culturas de Occidente, la de
la fe cristiana y la de la racionalidad secular, no son
universales, por más que ambas ejerzan una influencia
importante, cada una a su manera, en el mundo entero y en
todas las demás culturas. En ese sentido, la pregunta del
compañero iraní del señor Habermas me parece de una cierta
entidad; se preguntaba si desde el punto de vista de la
sociología de la religión y la comparación entre culturas,
no sería la secularización europea la anomalía necesitada de
corrección. Personalmente no creo imprescindible, ni
siquiera necesario, buscar la clave de esa pregunta en la
atmósfera intelectual de Carl Schmitt, Martin Heidegger y
Leo Strauss, es decir, de una situación europea marcada por
la fatiga del racionalismo. Lo cierto es, en cualquier caso,
que nuestra racionalidad secular, por más plausible que
aparezca a la luz de nuestra razón configurada a la manera
de Occidente, no es capaz de acceder a toda ratio, y
que en su intento de hacerse innegable acaba topando con sus
límites. Su evidencia está ligada fácticamente a
determinados contextos culturales, y debe reconocer que no
es reproducible como tal en el conjunto de la humanidad y,
en consecuencia, no puede ser operativa a escala global. En
otras palabras, no existe una definición del mundo, ni
racional, ni ética ni religiosa con la que todos estén de
acuerdo y que pueda servir de soporte para todas las
culturas; o por lo menos actualmente es inalcanzable. Por
eso mismo, esa ética denominada global tampoco pasa
de ser una mera abstracción.
CONCLUSIONES. ¿Qué se puede hacer, pues? En lo que
respecta a las consecuencias prácticas, estoy en gran medida
de acuerdo con lo expuesto por el señor Habermas acerca de
la sociedad postsecular, la disposición al aprendizaje y la
autolimitación por ambas partes. Voy a resumir mi propio
punto de vista en dos tesis y con ello concluiré mi
intervención.
1. Hemos visto que en la religión existen patologías
sumamente peligrosas, que hacen necesario contar con la luz
divina de la razón como una especie de órgano de control
encargado de depurar y ordenar una y otra vez la religión,
algo que, por cierto, ya preveían los padres de la Iglesia
(4). Pero a lo largo de nuestras reflexiones hemos visto
igualmente que también existen patologías de la razón (de
las que la humanidad hoy en día no es consciente, por lo
general), una desmesurada arrogancia de la razón que resulta
incluso más peligrosa debido a su potencial eficiencia: la
bomba atómica, el ser humano entendido como producto. Por
eso también la razón debe, inversamente, ser consciente de
sus límites y aprender a prestar oído a las grandes
tradiciones religiosas de la humanidad. Cuando se emancipa
por completo y pierde esa disposición al aprendizaje y esa
relación correlativa, se vuelve destructiva.
Hace poco, Kurt Hübner formuló una exigencia similar,
afirmando que esa tesis no implica un inmediato "retorno a
la fe", sino "que nos liberemos de la idea enormemente falsa
de que la fe ya no tiene nada que decir a los hombres de hoy
en día, porque contradice su concepto humanista de la razón,
la ilustración y la libertad" (5). De acuerdo con esto, yo
hablaría de la necesidad de una relación correlativa entre
razón y fe, razón y religión, que están llamadas a depurarse
y redimirse recíprocamente, que se necesitan mutuamente y
que deben reconocerlo ante el otro lado.
2. Esta regla básica debe concretizarse luego de modo
práctico en el contexto intercultural de nuestro presente.
Sin duda, los dos grandes agentes de esa relación
correlativa son la fe cristiana y la racionalidad secular
occidental. Esto puede y debe afirmarse sin caer en un
equivocado eurocentrismo. Ambos determinan la situación
mundial en una medida mayor que las demás fuerzas
culturales. Pero eso no significa que las otras culturas
puedan dejarse de lado como una especie de quantité
négligeable. Eso representaría una muestra de arrogancia
occidental que pagaríamos muy cara y que de hecho ya estamos
pagando en parte. Es importante que las dos grandes
componentes de la cultura occidental se avengan a escuchar y
desarrollen una relación correlativa también con esas
culturas. Es importante darles voz en el ensayo de una
correlación polifónica en el que ellas mismas descubran lo
que razón y fe tienen de esencialmente complementario, a fin
de que pueda desarrollarse un proceso universal de
depuración en el que, al cabo, todos los valores y normas
conocidos o intuidos de algún modo por los seres humanos
puedan adquirir una nueva luminosidad, a fin de que aquello
que mantiene unido el mundo recobre su fuerza efectiva en el
seno de la humanidad.
NOTAS
1. R. Spaemann, ‘Weltethos als Projekt’, en: Merkur 570/571,
páginas 893-904
2.
La presentación más brillante de esa filosofía de la
evolución, todavía dominante a pesar de algunas correcciones
de detalle, se encuentra en J. Monod, El azar y la
necesidad, Tusquets, Barcelona 1993. Para la distinción de
los resultados efectivos de la investigación frente a las
filosofía que los acompaña, véase R. Junker - S. Scherer
(Hg.), Evolution. Ein kritisches Lehrbuch, 4. A., Gießen
1998. Sobre la discusión en torno a la filosofía que
acompaña a la teoría de la evolución: J. Ratzinger, Fe,
verdad y tolerancia, Sígueme, Salamanca (2005)
3. Sobre las tres dimensiones del derecho natural medieval
(dinámica del ser en general, finalidad de naturaleza común
a seres humanos y animales finalidad específica de la
naturaleza racional del ser humano) véanse las observaciones
formuladas en el artículo de Ph. Delhaye, Naturrecht, en:
LThK2 VII 821-825. Es interesante el concepto de derecho
natural que figura al inicio del Decretum Gratiani: “Humanum
genus duobus regitur, naturali videlicit iure, et moribus”.
“Ius naturale est, quod in lege et Evangelio continetur, quo
quisque iubetur, alii facere, quod sibi vult fieri, et
prohibetur, alii inferre, quod sibi nolit fieri”
4. Este asunto he intentado tratarlo con más detalle en mi
libro mencionado en la nota 2 (Fe, verdad y tolerancia);
véase también M. Fiedrowicz, Apologie im frühen Christentum,
2. A., Paderborn (2001) 5. K. Hübner, Das Christentum im
Wettstreit der Religionen, Tübingen (2003), página 148
(**)
Jürgen Habermas
Últimos párrafos de su intervención
(completa en
La Vanguardia):
Ya he mencionado el diagnóstico según el cual el equilibrio
conseguido en la modernidad entre los tres grandes medios de
integración social está en peligro debido a que los mercados
y el poder administrativo expulsan de cada vez más ámbitos
de la vida la solidaridad social, es decir, la actuación
coordinada en lo que afecta a valores, normas y usos
lingüísticos al servicio del entendimiento. Por eso
al
Estado constitucional le conviene, por su propio interés,
tratar de modo respetuoso a todas las fuentes culturales de
las que se nutre la conciencia normativa y la solidaridad de
los ciudadanos. Esa conciencia que se ha vuelto conservadora
se refleja en el discurso en torno a la sociedad
postsecular (7). Con ello no se alude sólo al hecho
constatable de la supervivencia de la religión en un entorno
crecientemente secularizado y la persistencia en el tiempo
de las comunidades religiosas. La expresión postsecular
tampoco se limita a pagar peaje público a las
comunidades religiosas por su aportación funcional a la
reproducción de motivaciones y actitudes deseables. No: en
la conciencia pública de una sociedad postsecular se
refleja, ante todo, una visión normativa que tiene
consecuencias para las relaciones políticas entre ciudadanos
no creyentes y ciudadanos creyentes. En la sociedad
postsecular se abre paso la noción de que la
modernización de la conciencia pública abarca y
modifica, por medio de la reflexión y de modo asincrónico,
todas las mentalidades, tanto las religiosas como las
mundanas. Así, ambos bandos, si entienden conjuntamente la
secularización de la sociedad como un proceso de aprendizaje
complementario, pueden tomar en serio recíprocamente, y por
motivos cognitivos, sus respectivas aportaciones al debate
público sobre temas sujetos a controversia.
5. POR UN LADO, la conciencia
religiosa se ha visto forzada a llevar a cabo procesos de
adaptación. Toda religión es originariamente visión del
mundo o doctrina omniabacadora, y también en el
sentido de que reclama la autoridad para estructurar en su
conjunto una forma de vida completa. La religión debería
abandonar esa aspiración a erigirse en monopolio de la
interpretación y a organizar la vida en todos sus aspectos,
para lo cual deberían cumplirse condiciones como la
secularización del saber, la neutralización de la autoridad
estatal y la generalización de la libertad religiosa. Con la
diferenciación funcional de los sistemas sociales parciales,
la vida de la comunidad religiosa se separa también de sus
entornos sociales. El papel de miembro de la comunidad
religiosa se disocia del papel de miembro de la sociedad. Y
como el Estado liberal depende necesariamente de una
integración política de los ciudadanos que vaya más allá de
un mero modus vivendi, esa disociación no debe agotarse en
una adaptación, privada de aspiraciones cognitivas, del
ethos religioso a las leyes impuestas de la sociedad
secular. Antes bien, el ordenamiento jurídico universalista
y la moral social igualitaria deben conectarse de modo
interno al ethos de la comunidad religiosa de modo
que los primeros se deduzcan de manera consistente a partir
del segundo. Para esa inserción (Einbettung), John
Rawls escogió la imagen de un módulo: a pesar de que ha sido
construido sobre fundamentos ideológicamente neutrales, ese
módulo de la justicia mundana debe poder insertarse en los
respectivos contextos de fundamentación ortodoxos (8).
Esa expectación normativa con la que el
Estado liberal confronta a las comunidades religiosas se da
la mano con los intereses propios de dichas comunidades en
la medida en que de este modo se les abre la posibilidad de
ejercer, a través de la opinión pública política, una
influencia sobre la sociedad en su conjunto. Ciertamente,
las consecuencias de la tolerancia, como muestran las
distintas regulaciones del aborto más o menos liberales, no
reparten simétricamente entre creyentes y no creyentes; pero
también la conciencia secular tiene que pagar un precio por
el ejercicio de la libertad religiosa negativa. De ella se
espera la práctica de una autorreflexión que permita
familiarizarse con los límites de la ilustración.
En las sociedades pluralistas dotadas de
una constitución liberal, el concepto de tolerancia fuerza a
los creyentes a comprender, en su trato con los no creyentes
o los creyentes de otras religiones, que deben contar,
razonablemente, con el desacuerdo persistente de aquellos;
pero por el otro lado, en el marco de una cultura política
liberal también se fuerza a los no creyentes a asumir esa
misma posibilidad en su trato con los creyentes. Para el
ciudadano carente de oído para la religión, esto
significa la nada trivial exigencia de determinar
autocríticamente la relación entre la fe y el saber desde la
perspectiva del saber global. Y es que la expectativa de una
falta de coincidencia persistente entre la fe y el saber
sólo merece el calificativo de racional si, a su vez,
a las convicciones religiosas también se les concede, desde
el punto de vista del saber secular, un estado epistémico no
totalmente irracional. Por eso, en la opinión pública
política, las visiones del mundo naturalistas, deudoras de
una elaboración especulativa de informaciones científicas, y
relevantes para la autoconciencia ética de los ciudadanos
(9), no tienen ni mucho menos preponderancia prima facie
ante las concepciones ideológicas o religiosas que les
hacen la competencia. La neutralidad ideológica de la
autoridad estatal, que garantiza las mismas libertades
éticas para todos los ciudadanos, es incompatible con la
generalización política de una visión del mundo secularista.
Los ciudadanos secularizados, en la medida en que actúen en su papel de ciudadanos del Estado, no
deben negarles en principio a las visiones del mundo
religiosas un potencial de verdad, ni negarles a sus
conciudadanos creyentes el derecho a hacer aportaciones a
los debates públicos utilizando un lenguaje religioso. Una
cultura política liberal puede esperar incluso de los
ciudadanos secularizados que tomen parte en los esfuerzos
para traducir las aportaciones relevantes del lenguaje
religioso a un lenguaje más accesible al público en general
(10).
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Publicado en nuevo Arvo Net
04/05/2005 |
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