Rodrigo Guerra López
Una de las paradojas sociales y culturales
en las que los mexicanos nos encontramos
instalados desde la segunda mitad del siglo
XIX consiste en la negación del ejercicio a
la libertad de expresión en materia
religiosa. En una época de libertades como
la nuestra, la libertad religiosa se
encuentra en estado de excepción. Las
convicciones religiosas tienen derecho a
existir en la vida privada pero no pueden
ocupar ningún espacio en la vida pública.
Exhibir la propia fe religiosa a través de
la palabra, el gesto, los símbolos, los
medios de comunicación, o la enseñanza se
considera peligroso ya que el espacio
público debe estar caracterizado por una
suerte de neutralidad que hipotéticamente
asegura la coexistencia simultánea de
diversas maneras de pensar, de vivir y de
creer.
Uno de los casos en los que resulta más
nítido el rechazo a la libre expresión en
materia religiosa sucede cuando alguien con
un cargo público comete la osadía de afirmar
directa o indirectamente su religión en
México. Los políticos pueden hacer muchas
cosas en el paraíso que les brinda el poder:
mandar, viajar, gastar, pedir, alabar,
discutir, agredirse. Sin embargo, como en
todo paraíso, hay un árbol prohibido: «no
manifestarás
de ningún modo tus creencias religiosas a
menos que desees ser desacreditado,
trivializado, expulsado».
Que esto es una paradoja social y cultural
se muestra cuando nos percatamos que en un
Estado liberal como el que nos
preciamos haber construido precisamente las
libertades no pueden ser conculcadas sino
máximamente promovidas con el único límite
del respeto al derecho de terceros. Esto
quiere decir que no es posible mantener de
una manera congruente el ideal de un Estado
liberal y simultáneamente prohibir legal y
educativamente la más amplia libertad en
materia religiosa. Cuando en un Estado en
nombre de las libertades públicas se
clausura el ejercicio justo de una libertad
la conciencia puede descubrir sin demasiada
dificultad que se alcanza formalmente una
contradicción.
El respeto a la libre manifestación de las
convicciones en materia religiosa no
significa que un gobernante, por ejemplo,
pueda confesionalizar las instituciones o
las políticas públicas. Ninguna religión y
ninguna irreligión pueden imponerse
coactivamente a través del aparato del
Estado. Lo que significa es que la libertad
religiosa debe poder ser vivida plenamente
por parte de todos los ciudadanos en su vida
individual a nivel privado y público. Los
políticos, que también son ciudadanos, no
deben de tener limitación alguna a este
respecto.
¿Toda expresión pública es entonces válida?
Como cualquier otro derecho la libertad de
expresión en materia religiosa no incluye la
promoción abierta de un delito. Por ello, no
podría ser argumentado como libertad
religiosa una manifestación que abiertamente
invitara a lastimar la dignidad de alguna
persona. Un asesinato o un robo son actos
libres pero no son derechos. Las libertades
para que sean derechos tienen que ser
justas.
En la actualidad es preciso trabajar para
que la libertad religiosa en la vida pública
pueda ser reconocida plenamente en México.
Este reconocimiento beneficia al Estado ya
que lo fortalece como institución garante de
libertades ciudadanas. Una dimensión
constitutiva de un auténtico Estado liberal
es el reconocimiento del derecho humano a la
libertad religiosa de todas las personas.
Así mismo, reconocer la libertad de
expresión (y de asociación, educación, etc.)
en materia religiosa tiene también un efecto
curiosamente saludable desde un punto de
vista pedagógico: se crean las condiciones
para evitar el desarrollo de creyentes
vergonzantes, tímidos o nicodémicos que
recluyen sus convicciones a la esfera de la
vida privada.
Es cierto que es malo recluir violentamente
la fe religiosa de un pueblo a la intimidad
de la conciencia tal y como sucedió en
México desde finales de los años veinte.
Pero lo peor es que los creyentes «nos lo
hayamos creído». Toda convicción religiosa
tiene pleno derecho de ocupar parte del
espacio público en una sociedad plural y
democrática. Sólo quien cede explícita o
tácitamente a la tentación de la
intolerancia puede negar la existencia de
este derecho.
R.G.L.
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