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ABSTRACCIÓN (J. García López)

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ABSTRACCIÓN

En el plano intelectual hay que distinguir todavía: a) la abstracción del entendimiento agente; b) la abstracción del entendimiento posible, que puede ser por simple aprehensión o por juicio negativo; c) el fundamento de esta abstracción del entendimiento posible, que dará lugar a la abstracción formal y a la total, y d), por último, el signo manifestativo de aquella misma abstracción, que originará la abstracción lógica y la real. Veamos separadamente todos estos diferentes tipos de abstracción.

Por J. García López*



Noción y división

Etimológicamente proviene de abstrahere, que significa sacar, separar, extraer. De acuerdo con ello, y según la primera imposición del nombre, la abstracción se refiere, en su más primitiva acepción, a la acción física o transitiva de separar o sacar una cosa de otra (como el agua se saca o extrae del pozo), y, por extensión, al efecto o pasión correspondiente, es decir, al hecho de que algo sea separado o abstraído. Pero ulteriormente se ha trasladado al orden psicológico, en el que encontramos el sentido de la abstracción que hoy se considera como más propio. En este plano, la abstracción designa cierta acción psíquica o inmanente que consiste en conocer una cosa sin conocer otra con la que se encuentra unida, o bien, en conocer que una cosa no es otra, y como es natural también se extiende al efecto, o mejor, a la denominación que de dicha acción inmanente se origina. Esa acción psíquica se encuentra ya en el conocimiento sensitivo, pues, por ejemplo, la vista conoce el color de una manzana sin conocer su sabor, con lo que, en cierto modo, hay aquí una abstracción o separación. Pero donde más plena y propiamente se halla la abstracción es en el conocimiento intelectual. Ahora bien, en este plano intelectual hay que distinguir todavía: a) la abstracción del entendimiento agente; b) la abstracción del entendimiento posible, que puede ser por simple aprehensión o por juicio negativo; c) el fundamento de esta abstracción del entendimiento posible, que dará lugar a la abstracción formal y a la total, y d), por último, el signo manifestativo de aquella misma abstracción, que originará la abstracción lógica y la real. Veamos separadamente todos estos diferentes tipos de abstracción.

La abstracción del intelecto agente

El conocimiento intelectual humano no es posible sin que los contenidos de la sensibilidad, donde comienza todo nuestro saber, sean elevados o hechos inteligibles por la acción del entendimiento agente. La susodicha acción consiste en una especie de iluminación de los datos sensibles, y aún más propiamente, en un despojamiento de la materia y de las condiciones de la materia. La verdad es qué todo lo intelectualmente conocido tiene, en cuanto tal, estos dos caracteres necesarios: que es de suyo repetible o multiplicable numéricamente y que no es de suyo sujeto pasivo o que no está afectado por el cambio. Quiero decir: si conocemos intelectualmente un objeto cualquiera (por ejemplo, un triángulo plano equilátero de tres centímetros de lado, que no es, como se ve, un objeto general, sino que está determinado hasta sus últimas diferencias) siempre es posible que tal objeto se repita indefinidamente en la realidad, que se multiplique numéricamente, por realizarse aquí o allá, en esta materia o en aquella otra, y en este sentido se dice que es universal. La inteligencia, en efecto, no puede discernir entre objetos que son enteramente iguales, que tienen las mismísimas determinaciones, y que, sin embargo, el uno no es el otro. Percibir que el uno no es el otro entre objetos que son enteramente iguales pueden hacerlo los sentidos, pero no la razón; y así es como hay que entender la tesis clásica de que el objeto de los sentidos es lo singular, mientras que el del entendimiento es lo universal. Además de esto, es también evidente que todo lo entendido, en la misma medida que es entendido, no está sujeto a mutación. Un leño puramente pensado no arde ni se consume; el que arde y se consume es el leño real, y éste es el verdadero sentido de la tesis clásica de que el objeto del entendimiento es inmutable o necesario. Pues bien, el principio por el que algo puede multiplicarse numéricamente es la materia, y es también la materia la raíz más profunda de todo cambio o mutación propiamente dicha. Pero si esto es así, todo conocimiento intelectual supone un despojamiento de la materia. Y adviértase que la materia de que aquí se trata no significa simplemente corporeidad, sino lo que entiende Santo Tomás por materia prima, es decir, un principio real totalmente indeterminado que pueda dar razón, tanto de la multiplicidad puramente numérica, como de la real mutación de las cosas corpóreas. Este despojamiento de la materia así entendida es la tarea encomendada al entendimiento agente, y que, si bien suele también designarse con el nombre de abstracción (pues hay aquí, sin duda, una cierta separación), no lo es en sentido propio. Porque no pertenece al conocimiento formalmente hablando (el entendimiento agente no conoce nada), aunque, eso sí, haga posible o prepare todo conocimiento intelectual. A la acción del entendimiento agente se le puede llamar abstracción en un sentido parecido al que se utiliza al hablar de la abstracción física: como una extracción o separación de una cosa de otra. Pero el sentido propio de la abstracción es él de conocer una cosa sin conocer otra con la que se encuentra unida, o conocer que una cosa no es otra, mediante un juicio negativo. Por lo demás, la tarea propia del entendimiento agente y su necesidad para una verdadera explicación del conocimiento intelectual humano, puede verse explanada más ampliamente en otro lugar.

La abstracción del entendimiento posible

Supuesta la abstracción del entendimiento agente, requisito previo para adquirir cualquier conocimiento intelectual humano, el llamado entendimiento posible verifica sobre los contenidos intelectuales la abstracción que le es propia y que consiste, como ya se ha dicho, en considerar determinado aspecto objetivo sin considerar algún otro con el que se encuentra unido o incluso identificado en la realidad, y también en considerar que un aspecto objetivo no es algún otro en la realidad, separándolos o excluyéndolos mediante un juicio negativo. De aquí que este tipo de abstracción, a la que podemos llamar abstracción formalmente dicha, se divida en dos tipos o modos que se denominan, respectivamente, abstracción por modo de simplicidad (es decir, por modo de simple aprehensión) y abstracción por modo de división (o sea, por modo de juicio negativo). La diferencia fundamental entre estos dos tipos de abstracción radica en que la primera no implica separación ni distinción alguna real entre lo abstraído y aquello de que se abstrae, pues nada se opone a que lo que se encuentra unido en la realidad se considere como dividido o separado, siempre que no se rebase la primera operación del entendimiento, que es la simple aprehensión, v esto es lo que expresa el célebre aforismo escolástico: abstrahentium non est mendacium. En cambio, la abstracción por juicio negativo, si ha de acomodarse a la realidad, exige que lo que mediante ella se separa, se encuentre asimismo separado fuera de la mente.

La abstracción formal y la total

Estos dos tipos de abstracción se refieren al fundamento de la abstracción del entendimiento posible que acabamos de examinar. En efecto, tanto la abstracción por modo de simplicidad como la abstracción por modo de división deben estar de alguna manera fundadas en la realidad, pues todo conocimiento especulativo, y la abstracción lo es, depende de la realidad a la que se refiere. Pero el fundamento de la abstracción, que es una cierta separación o distinción, no puede ser otro que la composición (o acaso también la eminencia) del objeto sobre el que la abstracción versa. La composición, por su parte, puede ser doble: del todo con sus partes, y del acto con la potencia (o de la forma con la materia). Por eso, atendiendo a su fundamento objetivo -la composición-, la abstracción se divide en total y formal.

Conviene, sin embargo, aclarar más esto. En primer lugar, hay varias clases de todo: el todo integral, el potencial y el universal. El todo integral es la suma de sus partes integrantes, y por eso no es nada aparte de ellas ni se puede separar o abstraer de dichas partes. El todo potencial es el núcleo o meollo de donde proceden las partes potenciales, es decir, las facultades o energías particulares que lo manifiestan o explicitan. Este todo ciertamente es algo más que la suma de sus partes, pero como no suele ser conocido más que a través de dichas partes, tampoco se puede abstraer o separar de ellas. Queda como posible fundamento de la abstracción total, el todo llamado universal respecto de sus partes subjetivas. Entre ese todo y sus partes no hay una composición real, aunque haya en la realidad alguna otra composición que sirve de fundamento a la composición mental de que aquí se trata. El todo universal es un cierto contenido o determinación inteligible que puede ser considerado aparte de otras determinaciones ulteriores que lo concretan o contraen; de modo que ese todo es siempre en alguna medida potencial o indeterminado respecto de los distintos sujetos (partes subjetivas) en los que se concreta o a los que se aplica. Por eso, en este tipo de abstracción, cuando algo es más abstracto, es decir, cuando prescinde de mayor número de determinaciones que pueden contraerlo, tanto es más potencial o indeterminado. Con esta abstracción es con la que se abstraen los géneros de las especies, y los géneros superiores o remotos de los inferiores o próximos. Pero no es propio de la abstracción total abstraer las especies de los individuos que sólo difieren entre sí numéricamente, pues siendo esta precisión algo presupuesto en todo conocimiento intelectual humano, más bien hay que atribuirla al entendimiento agente. Tampoco se debe incluir en la abstracción total la separación de las diferencias (genéricas o específicas) respecto de los géneros (remotos o próximos), pues aquí lo que sé abstrae es algo actual o determinante respecto de algo potencial o indeterminado, y eso pertenece al cometido propio de la abstracción formal.

Pero pasemos a considerar esta última. Se da abstracción formal siempre que se separa por el entendimiento lo que es actual o determinante, de lo que es potencial o indeterminado. Como esta relación de indeterminado a determinado se realiza principalmente en el plexo materia-forma, por eso tal tipo de abstracción se denomina abstracción formal. Pero hay que tener en cuenta que los términos materia y forma se dicen de muchas maneras, y que, en primer lugar, la materia puede ser primera y segunda (que es lo mismo que sustancia corpórea), y asimismo la forma puede ser sustancial y accidental. La abstracción formal no se refiere sólo a la separación de la forma sustancial respecto de la materia primera, y por eso hay varios grados de abstracción formal, como luego veremos. También conviene advertir que la abstracción formal separa lo formal o determinante, de lo material o indeterminado, pero no universalmente el acto de la potencia. Cierto que toda forma es acto, y toda materia potencia; pero si se da un acto que no sea formal o determinante, sino puramente actualizante, no puede ser propiamente abstraído, ni con abstracción formal ni con ninguna otra, porque tampoco un acto así cae dentro del objeto propio de nuestro entendimiento.

Los grados de abstracción formal

Según la filosofía clásica, los distintos grados de abstracción formal especifican y distinguen entre sí a las ciencias especulativas. Toda ciencia supone, en efecto, un cierto grado de universalidad y necesidad en el objeto de la misma. Pero ya vimos que esta universalidad y esta necesidad, que son ante todo condiciones ineludibles de cualquier objeto entendido en cuanto entendido, surgen primeramente por la acción del intelecto agente que desmaterializa de algún modo los contenidos de la sensibilidad. Pues bien, la abstracción formal supone esta previa desmaterialización, y lo que añade a ella es una depuración cada vez mayor de la corporeidad y de las condiciones de la misma, porque no es lo mismo abstraer de la materia que abstraer de la corporeidad. Si la materia se toma en el sentido de materia prima, un objeto, o forma, o determinación que abstraiga de ella puede conservar todas las condiciones de la corporeidad, excepción hecha de la singularidad puramente numérica. Obtendremos así la llamada materia común (carne, huesos, pero no esta carne y estos huesos), y en este nivel se encuentra el denominado primer grado de abstracción formal, en el que se encuadran las ciencias naturales (Física, Química, Mineralogía, Botánica, Zoología, etc.) y la misma Filosofía natural. Propiamente no hay diferencia entre este primer grado de abstracción formal y la abstracción del entendimiento agente, a no ser que esta última no es cognoscitiva y la primera sí; o, más exactamente, el intelecto agente produce el objeto que el intelecto posible se limita a considerar en el primer grado de abstracción formal.

Pero puede caber una mayor depuración del objeto considerado por el entendimiento posible. Aquí no se tratará de producirlo, sino sólo de considerarlo de tal modo que se prescinda de alguna de las condiciones de la corporeidad o de la materia común; por ejemplo, de ciertas cualidades sensibles como el color, el sonido, el sabor, etc., es decir, de los llamados sensibles propios, reteniendo empero la cantidad y sus determinaciones de tamaño y figura (los llamados sensibles comunes). Se obtiene así el segundo grado de abstracción formal, en el que se encuentran las ciencias matemáticas. A la corporeidad así depurada se la denomina materia inteligible, en contraposición a la llamada materia sensible, que es la materia común. Y con razón recibe aquel nombre, pues como los sensibles comunes (a los que se reducen las determinaciones de la materia inteligible) no pueden ser sentidos sino a través de los sensibles propios, una corporeidad despojada de tales sensibles propios no puede ser sensible, sino solamente inteligible. Nótese, por lo demás, que en el segundo grado de abstracción formal no se trata sólo de obtener un objeto único al que algunos denominan ens quantum, sino de ir considerando toda una serie de objetos, como, por ejemplo, las distintas figuras geométricas, incluso con determinados y distintos tamaños, y los mismos números, nacidos de la división de la cantidad continua, como también las distintas relaciones cuantitativas. Todos estos objetos se incluyen en la llamada materia inteligible. Y una reflexión semejante debe hacerse a propósito de la materia sensible, que no es solamente un objeto único al que deba designarse con el nombre de ens sensible, sino que engloba una serie de objetos o determinaciones de la corporeidad, que incluyen los sensibles propios, prescindiendo solamente de la singularidad más estricta. Por último cabe llegar al tercer grado de abstracción formal, por una depuración completa del objeto considerado por el entendimiento posible respecto de toda corporeidad y de sus condiciones. Se obtienen así una serie de conceptos o determinaciones inteligibles, que prescinden enteramente de toda materia (tanto de la singular, como de la sensible, como de la inteligible). Ejemplo de tales conceptos son los de sustancia, accidente, causa, efecto, acto, potencia, etc., y también los trascendentales: ente, uno, verdadero, bueno, etc. Todos ellos son precisamente inmateriales, no positivamente dentro de este grado de abstracción es posible obtener conceptos positivamente inmateriales, aunque indirectos y analógicos, como, por lo que tanto se pueden realizar en los seres incorpóreos como en los corpóreos. Pero también los de espíritu o Dios. Y a los unos y a los otros se extiende la ciencia metafísica que se encuadra, por consiguiente, en dicho tercer grado de abstracción formal.

Es fácil observar que los dos primeros grados de abstracción formal sólo consiguen una depuración relativa de la materia o de la corporeidad, pues en realidad no se trata de prescindir de ésta, sino de algunas de sus condiciones, a saber, de la singularidad, en el primer grado, y de los sensibles propios en el segundo. Pero el tercer grado de abstracción formal procura una completa depuración de la corporeidad y de sus condiciones. Ahora bien, cuando un objeto está más alejado de lo sensible o de lo corpóreo es más inteligible en sí mismo, aunque lo sea menos respecto de nosotros; y por eso se dice que en la abstracción formal, cuando un objeto es más abstracto es más inteligible en sí mismo, pero menos respecto de nuestro propio entendimiento.

Otra cuestión es la de saber cómo se relacionan los distintos grados de abstracción formal y la misma abstracción total con las dos modalidades de la abstracción del entendimiento posible que son la abstracción por modo de simplicidad y la abstracción por modo de división. Es evidente que la abstracción total pertenece toda ella a la abstracción por modo de simplicidad, pues como el todo universal no se distingue realmente de sus partes subjetivas, no es posible abstraerlo de ellas mediante un juicio negativo que implica distinción real. En cambio, la abstracción formal, aunque ciertamente también puede darse en la abstracción por modo de simplicidad, pertenece más propiamente a la abstracción por juicio negativo, pues la forma se distingue realmente de la materia; la cantidad, el tamaño y la figura, de los sensibles propios; y la sustancia incorpórea, de la corpórea.

La especificación de las ciencias especulativas

La teoría clásica de los tres grados de abstracción fue ideada, como ya hemos apuntado, para fijar un criterio de distinción y especificación de las ciencias especulativas. Porque es evidente que las ciencias teóricas no pueden distinguirse entre sí por las cosas sobre que versan, ya que caben varias ciencias distintas acerca de una misma cosa, y muchas cosas diferentes pueden ser estudiadas por una sola ciencia. Se podría pensar que, si no son las cosas mismas, serán al menos los aspectos determinados de ellas que en cada caso se consideren los que proporcionarán ese criterio de distinción de las ciencias. Pero tampoco esto es suficiente, porque si bien es verdad que los aspectos que una ciencia considera no los considera otra, también lo es que una misma ciencia, pretendiendo calar cada vez más en las cosas que estudia, tiene que considerar muchos aspectos distintos de esas mismas cosas. Lo que dé unidad a cada ciencia y establezca la distinción específica entre ellas debe encontrarse en los objetos científicos en tanto que tales, es decir, en cuanto objetos científicos. Pero lo que hace que una cosa se convierta en objeto de ciencia es la inmaterialidad o la abstracción formal con que es considerada, pues es así como se torna necesaria. Ahora bien, a niveles distintos de inmaterialidad corresponden niveles diferentes de necesidad científica o de necesidad objetiva, y por eso son los distintos grados de abstracción formal los que especifican y distinguen las ciencias especulativas.

Esto no quita que en cada uno de esos niveles o grados de inmaterialidad se puedan considerar aspectos muy distintos de las cosas y que se puedan establecer incluso otras gradaciones atendiendo a la abstracción total; estudiando primero, por ejemplo, lo más general o lo que es común a todos los objetos de un mismo grado de abstracción formal, y descendiendo después a los aspectos más determinados, hasta llegar a las últimas diferencias específicas, si esto es posible. Así se podrán construir partes distintas de una misma ciencia, algunas de ellas tan especializadas y detalladas que parezcan constituirse en ciencias independientes, con su nombre propio y sus especiales métodos de trabajo; pero en el fondo se tratará siempre de partes de una ciencia única, pues la necesidad científica de sus respectivos asertos será esencialmente la misma para todas ellas. En cambio, cuando de un grado de abstracción formal pasamos a otro, nos encontramos con tipos de necesidad científica específicamente diferentes.

La abstracción lógica y la real

Volviendo a las divisiones de la abstracción, tratemos por último de la abstracción lógica y de la real. Esta división surge de considerar el efecto, o mejor, la denominación extrínseca que resulta en lo abstraído por la acción misma de abstraer. La abstracción por modo de división o por juicio negativo supone, como hemos dicho ya, distinción o separación real entre el sujeto y el predicado, y por eso, la denominación que resulta en lo abstraído por el hecho de ser objeto de esta abstracción puede llamarse con pleno derecho abstracción real. En cambio, la abstracción por modo de simplicidad no supone en su objeto distinción real alguna respecto de lo prescindido en tal abstracción, y por eso, en principio, esta abstracción debe denominarse lógica. Sin embargo, como en la abstracción por modo de simplicidad se dan tanto la abstracción total como la formal, y esta última, como también hemos visto, supone distinción real en muchas ocasiones, de aquí que la abstracción real se dé también en la abstracción por modo de simplicidad. De suerte que la abstracción real puede darse en la primera operación del entendimiento -la simple aprehensión-, pero más propiamente pertenece a la segunda -el juicio-, mientras que la abstracción lógica sólo se da en la simple aprehensión y nunca en el juicio. Lo mismo que ocurre con la abstracción formal, que pertenece más propiamente al juicio, pero que también se da en la simple aprehensión, mientras que la abstracción total sólo se da en la simple aprehensión. Y completando la correspondencia tenemos que la abstracción formal por juicio negativo es siempre real, y a veces también es real la que se lleva a cabo por modo de simplicidad; en cambio, la abstracción total, que siempre se verifica por modo de simplicidad, también es siempre lógica.

Para hacer más inteligibles estas divisiones pongamos algunos ejemplos. Si digo: «El hombre no es espíritu puro» (abstracción por juicio negativo), el concepto hombre queda abstraído, con abstracción real, del concepto espíritu puro. Pero si considero triángulo sin considerar ni equilátero, ni isósceles, ni escaleno (abstracción por simple aprehensión), el concepto de triángulo queda abstraído, con abstracción lógica, de esos otros conceptos señalados. Con todo, en la simple consideración puede darse también la abstracción real. Así, si yo considero en una estatua de mármol la figura de la estatua sin considerar el mármol de que está hecha, el concepto de estatua queda abstraído del mármol con abstracción real, pues desde luego el accidente figura se distingue realmente de la sustancia cuerpo, o sea, la figura no es el cuerpo.

Con estos mismos ejemplos se puede ver también que la abstracción formal se puede dar en la simple aprehensión (estatua abstraída de mármol) y en el juicio negativo (la figura no es el cuerpo); pero, en cambio, la abstracción total no se puede dar más que en la simple aprehensión (triángulo abstraído de equilátero, isósceles y escaleno).

Conceptos afines y opuestos al de abstracción

Afines al de abstracción son los conceptos de distinción, precisión y separación. La distinción puede ser real o de razón, según se dé con independencia del acto de la razón o no. La distinción real es a veces separación, como la que hay entre dos sustancias completas (por ejemplo, dos hombres o dos árboles); pero a veces es simple distinción, como la que se da entre dos principios intrínsecos (y con frecuencia inseparables) de una misma sustancia o de una misma cosa (por ejemplo, la materia y la forma, o la esencia y la existencia). La distinción de razón tiene en algunos casos fundamento adecuado o perfecto en la realidad, y ésta es la llamada distinción virtual mayor, que se da entre conceptos que no se incluyen entre sí, sino que prescinden adecuadamente uno del otro (por ejemplo, el concepto genérico de animal prescinde adecuadamente de la diferencia específica racional); y en otros casos no tiene más que un fundamento inadecuado o imperfecto en la realidad, y ésta es la llamada distinción virtual menor, que se da entre conceptos que se incluyen uno en otro, aunque en una consideración implícita no aparezca esta inclusión (por ejemplo, el concepto de ente se incluye en el concepto de uno y, a su vez, el concepto de uno se incluye en el de ente y, sin embargo, son dos conceptos de alguna manera distintos). La precisión se confunde de hecho con la distinción de razón, pero parece importar cierta escisión o secesión, por lo que propiamente no puede aplicarse a la distinción virtual menor; más bien hay que reservarla para la distinción de razón con fundamento adecuado en la realidad. En cuanto a la separación, si bien puede aplicarse a la distinción de razón, tiene en tal caso un sentido metafórico, por lo que mejor es reservarla para designar la distinción real, y precisamente entre cosas independientes o entre sustancias completas.

Entre los conceptos opuestos al de abstracción se pueden citar los de concreción, composición y eminencia. La concreción, en cuanto se la hace derivar de concerno, es la operación contraria a la abstracción formalmente dicha, sobre todo cuando se da con anterioridad a dicha abstracción, pues si es posterior, más se debe llamar síntesis. La composición es el fundamento de la abstracción y se opone a ésta en cuanto que la abstracción separa (a su modo) lo que en la composición está unido. También la eminencia es fundamento de la abstracción, pero en tanto que la acción abstractiva se ve determinada no sólo por las cosas, sino también por la imperfección de nuestro intelecto, que no puede calar convenientemente en toda la riqueza de lo real. La abstracción que se opone a la eminencia se configura siempre como una distinción virtual menor.

Notas históricas

La doctrina de la abstracción hasta aquí expuesta ha seguido un lento proceso de elaboración que, iniciándose con Sócrates, Platón y sobre todo Aristóteles, adquiere sus últimos perfiles y precisiones de detalle con Santo Tomás de Aquino, Duns Escoto, Cayetano, Suárez, y Juan de Santo Tomás. Frecuentemente el tema de la abstracción se ha limitado a una de sus dimensiones: la del origen del conocimiento intelectual humano, o sea, a la abstracción del entendimiento agente. En este punto concreto casi toda la filosofía moderna es contraria a la teoría clásica de la abstracción. El empirismo, porque no admite una diferencia esencial entre el conocimiento sensitivo y el intelectual; el racionalismo, porque se liga al innatismo en una u otra forma; y otros sistemas, como el de Kant o Hegel, porque explican de manera distinta el origen de nuestras ideas. Pero teniendo en cuenta que la teoría tradicional de la abstracción no se reduce a explicar el paso de lo sensible a lo inteligible por obra del intelecto agente, sino que es mucho más amplia y rica, se puede, sin duda, afirmar que sigue presente, en muchos de sus aspectos o dimensiones, en la mayor parte de los filósofos modernos y contemporáneos. Concretamente juega un papel muy destacado en la filosofía de Hegel (por ejemplo, en su teoría del juicio), en la de Husserl (con su noción de la reducción fenomenológica) y en la de Whitehead (con su teoría de los objetos eternos), así como en las actuales corrientes de la Lógica, por no citar más que unos pocos ejemplos tomados al azar. Pero, como es natural, cada uno de esos autores y sistemas tiene su propia teoría de la abstracción, distinta y opuesta en muchos puntos a la teoría clásica.




*En Gran Enciclopedia Rialp (GER), tomo 1, pp. 70-75


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31/05/2005 ir arriba
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